El último tipo de sociedad capitalista que vamos a estudiar es la Sociedad Anónima. Es un tipo de sociedad adecuada para las grandes empresas que necesitan un gran capital para su funcionamiento. Este capital se divide en acciones.
Si recuerdas, para una sociedad mercantil capitalista lo más importante es la facilidad existente en la empresa para atraer fondos. Esta es sin duda la característica fundamental de las Sociedades Anónimas ya que su capital cotiza en bolsa.
Las empresas que cotizan en bolsa son grandes Sociedades Anónimas que en la mayoría de los casos necesitarán un capital mínimo de 60.000 € divididos en acciones. En otros casos, este capital mínimo será 18.000.000 €, como en algunas S.A. Especiales (bancos).
CARACTERÍSTICAS DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA
Capital mínimo de constitución: 60.000 € suscrito y 25% desembolsado (este capital se divide en acciones).
El capital suscrito debe estar suscrito al 100% desde el inicio.
Recuerda que el capital desembolsado es el que los socios han pagado realmente.
Este último debe estar desembolsado el 25% como mínimo desde el inicio.
Transmisión libre de la propiedad a través de acciones, que pueden ser:
Al portador: El que posee la acción es el propietario.
Nominativas: En la acción aparece el nombre del propietario.
(*) Tal y como ocurría en las “S.L” con las participaciones, el dueño del capital tendrá una serie de derechos y obligaciones en función del número de acciones que posea, lo que afectará al reparto de dividendos, su poder de votación, etc.
Responsabilidad limitada al capital aportado por los socios
Nº de mínimo de socios: Puede ser uno (S. A. Unipersonal) o varios
Los beneficios tributan por el impuesto de sociedades (IS)
Aunque no es una figura empresarial tan común como la SL, las SA tienen una gran importancia. Por ello profundizaremos en sus órganos de gobierno, los derechos de sus socios y a modo de repaso, de sus ventajas e inconvenientes.
ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LAS SOCIEDADES LIMITADAS
LA JUNTA GENERAL DE SOCIOS (ACCIONISTAS)
Sirve para que los accionistas tomen decisiones tales como la aprobación de las cuentas anuales, la gestión del administrador, el reparto de beneficios, etc. Esta junta general puede ser:
Ordinaria: Obligatoria durante los seis primeros meses del año.
Extraordinaria: Voluntaria en cualquier momento del año.
ADMINISTRADORES
Pueden ser solo un administrador (sin tener qué ser accionista) o pueden ser varios (consejo de administración). Sus funciones principales son poner en práctica los acuerdos alcanzados en la Junta General y actuar como representante legal de la empresa.
DERECHOS DE LOS SOCIOS
Derecho de participación en la Junta General.
Derecho a información de los acuerdos alcanzados.
Derecho al reparto de beneficios obtenidos.
Adquisición preferente de suscripción de acciones.
VENTAJAS DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA
La responsabilidad está limitada al capital suscrito.
No exige un mínimo de socios. Puede haber solo uno.
La transmisión de acciones si es libre al 100%
Tienen una muy alta capacidad para atraer capital.
Ofrecen una imagen de mayor seguridad
Al tributar por el Impuesto de Sociedades, si tenemos altos beneficios pagaremos menos que con el IRPF.
DESVENTAJAS DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA
Hay que suscribir 60.000 € para su constitución.
Al tener forma jurídica, tiene más trabas burocráticas que otras empresas a la hora de su constitución
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