Realizada la previsión de personal para cubrir los puestos de trabajo necesarios, reclutados los candidatos de forma interna o externa y llevado a cabo el proceso de selección, estaremos en disposición de contratar y formar a nuestro equipo humano.
La formación del personal es una inversión (no un gasto) que debe realizar la empresa al contratar a sus trabajadores. Esta debe ser continuada en el tiempo y puede llevarse a cabo de forma interna (por la propia empresa) o externa (otras).
El contrato de trabajo es un acuerdo de carácter voluntario firmado entre empresa y trabajador, por el cual este último se compromete a prestar sus servicios de manera personal bajo el mandato de la dirección a cambio de una remuneración.
A continuación analizaremos los tipos de contrato que la empresa puede realizar:
TIPOS DE CONTRATO DE TRABAJO
En la actualidad existen dos grandes grupos de contratos:
Fijo o indefinido: Los que no tienen fecha de finalización alguna.
Temporales: Aquellos con una fecha de duración determinada.
Los contratos temporales se pueden dividir en los siguientes:
FORMATIVOS
Tienen la intención de otorgar formación o experiencia laboral. Hay de dos tipos:
EN PRÁCTICAS
Dirigido a personas con titulación. (Grado universitario o ciclo formativo).
Duración de entre 6 meses y 2 años.
El trabajador cobrará como mínimo el 60% o 75% del salario total cada año.
PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE
Trabajadores de entre 16 y 25 años.
Dirigido a personas sin titulación.
Tienen una duración de entre 1 y 3 años.
POR OBRA O SERVICIO
Se finaliza al acabarse la obra o el servicio para el que fue contratado.
EVENTUAL
Surge al modificarse las circunstancias de producción (aumenta el nivel de trabajo).
DE INTERINIDAD
Sirve para sustituir a otros trabajadores que van a estar de baja o excedencia.
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